Promoción Social
Resolución 3393 de 2015 - Consejo Nacional de Discapacidad
La Resolución 3393 de 2015 establece la reglamentación para la selección del Consejo Nacional de Discapacidad- CND, dispuestos en los literales d y e de artículo 6 de la Ley 1145 de 2007. Dicha resolución aplica para todas las organizaciones nacionales discapacidad física, visual, auditiva, metal, múltiple; padres de familia de personas con discapacidad cognitiva, personas jurídicas, y personas que están a cargo de la atención de pacientes en condición de discapacidad.
Postulaciones para el CND
Los representantes legales de las siguientes organizaciones serán las encargadas de seleccionar los candidatos del Consejo Nacional de Discapacidad y serán quienes los postulen:
- Organizaciones sin ánimo de lucro de representación nacional que agrupen a personas con discapacidad física, visual, auditiva, mental, sordoceguera y múltiple.
- Organizaciones sin ánimo de lucro de representación nacional de padres de familia de personas con discapacidad cognitiva.
- Personas jurídicas cuya capacidad de actuación gire en torno a la atención de las personas con discapacidad.
Para tener en cuenta:
- Los candidatos no podrán representar más de un sector y por cada organización sólo se podrá postular una persona.
- En los artículos 4 y 5 de la Resolución 3393 de 2015 se encuentran los documentos que deben acreditar las organizaciones de la sociedad civil y las personas jurídicas que atiendan a personas con discapacidad, para poder realizar la postulación.
- El artículo 6 dicta los requisitos que deben cumplir los candidatos postulados en representación de las diferentes organizaciones.
- El Ministerio conformará un equipo técnico para el proceso de selección, que evaluará y escogerá los representantes.
- Si en algún caso
Etapas de Convocatoria
- Postulación de candidatos
- Verificación de los documentos
- Evaluación
- Publicación de candidatos